FRACTURA DE MAXILAR INFERIOR

Es una fractura frecuente en politraumatizados en accidentes de tráfico.
El maxilar es un hueso plano, que se relaciona con los maxilares superiores. Está situado en la parte inferior de la cara.
Suele curar en unos 120 días de media, con un tiempo de hospitalización de unos 20 días, y una incapacidad laboral que suele estar sobre 90 días.

Las secuelas de esta fractura suelen ser pérdidas dentales, deformaciones, Material de osteosíntesis. Puede haber secuelas estéticas relativas a la simetría corporal, y también pueden quedar cicatrices operatorias.
¿Qué reclamaremos en una fractura de este tipo?
Legalmente podremos reclamar por el concepto de Lesiones temporales y por el concepto de Secuelas.

Las LESIONES TEMPORALES  Incluyen la reclamación por los días de baja. Y también por los gastos médicos así como por lo que dejemos de percibir por trabajo personal.

Los días de baja, se catalogan con el nuevo baremo, en perjuicio personal básico y perjuicio personal particular.

El primero, PERJUICIO PERSONAL BÁSICO y dice la ley que “es el perjuicio común que se padece desde la fecha del accidente hasta el final del proceso curativo o hasta la estabilidad de la lesión y su conversión en secuela “.
  • Se indemnizará  en 30 € día.

El  PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR por pérdida temporal de calidad de vida. Compensa el perjuicio moral particular que sufre la víctima por el impedimento o la limitación que las lesiones sufridas o su tratamiento producen en su anatomía o desarrollo personal. Hay cuatro grados

  • 100 € DÍAS MUY GRAVES Son aquellos en los que la persona esta incapacitada para realizar funciones esenciales de la vida. Ejemplo estar en coma en un hospital.
  • 75 € DIAS GRAVES.- Son aquellos en que la persona pierde temporalmente su autonomía personal para realizar una parte relevante de las actividades esenciales de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal. La estancia hospitalaria constituye un perjuicio de este grado.
  • 52 € DIAS DE PERJUICIO MODERADO, son los días en los que el que el lesionado pierde temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal.
  • Las operaciones quirúrgicas se pagarán desde 400 € a 1600 €,  a partir de 2016.

LAS SECUELAS


Algunas de las secuelas que se recogen para esta lesión, en el baremo médico aplicable a 2016, aprobado por ley 35/2015 de  22 de septiembre son:
  • Alteración traumática de la oclusión dental por lesión inoperable de 1 a 30 puntos.
  • Deterioro estructural del maxilar inferior (sin posibilidad de reparación) de 20 a 75 puntos.
  • Limitación de la apertura de la articulación temporo mandibular  de 1 a30 puntos.
  • Material de osteosíntesis  de 1 a 8 puntos.
  • Pérdida de dientes (completa o traumática).
  • Incisivo o canino 1 punto
  • Premolar o molar 2 puntos.


Se valorará, en su caso,  el perjuicio estético en sus distintos grados:  Ligero, moderado, medio, importante, muy importante, importantísimo.

Muchos factores y complejos cálculos recomiendan poner en manos de abogados con alta especialización  este tipo de accidentes.
sosaccidentes es un despacho de abogados, especializado en estas materias  y comprometido con la calidad del servicio prestado.

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Etiquetas: fracturas, fractura maxilar, fractura mandibula, indemnizacion por fracturas, indemnizacion fractura por accidente trafico