Consejos prácticos @ Accidentes de Tráfico - Bajas por accidentes de tráfico
Apartado Atropellos
Si usted resulta atropellado lo primero que debe hacer, si le es posible, es intentar que se persone la policía o la Guardia Civil en el lugar del atropello, realizarán un atestado que luego será muy útil.Debe conservar toda la documentación médica que vaya teniendo, y procurar que los distintos facultativos reflejen que las lesiones fueron causadas por un atropello.
Igualmente conserve todos los recibos y facturas relativos a los gastos que pueda tener como consecuencia del atropello (farmacias, taxis etc....)
Contacte con S.O.S, nos ocuparemos de orientarle y asesorarle.
Los días de baja que resulten del accidente de tráfico, se valoran teniendo en cuenta el baremo para accidentes de tráfico. Este baremo es un anexo a la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor que regula esta materia. Se actualiza anualmente y contiene las cantidades a pagar tanto por días de baja como por las distintas secuelas derivadas de las lesiones padecidas, así como las indemnizaciones por muerte.
Para el año 2010 las cantidades establecidas por día de baja son:
| Día de baja con hospitalización |
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66,00.-€ |
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| Día de baja impeditivo |
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53,66.-€ |
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| Día de baja no impeditivo |
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28,88.-€ |
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* impeditivo, es aquel día en que no se pueden realizar las ocupaciones habituales.
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