Noticias & Comentarios : Indemnizaciones y Accidentes de Tráfico - Abogados

Caso de Atropello Imposible. Un nuevo éxito de SOS abogados

Nos llegó una señora preguntándonos si tenía derecho a indemnización. Le habían comentado en otros despachos que mejor no denunciase, que el asunto no tenía futuro. Su madre, de 85 años, había cruzado una calle por lugar no habilitado, y se había metido detrás de un vehículo cuando este estaba aparcando marcha atrás, de manera que al conductor le era imposible verla. El atestado era fatal, determinaba que la mujer tenía mucha culpa en el atropello por su actuación, incluso había testigos que declaraban en el mismo sentido.

 

Nos pusimos en marcha e iniciamos un procedimiento de reclamación por sus lesiones, que consistían en rotura de la cadera fundamentalmente. Una vez fue valorada por el forense del juzgado contactamos con la compañía aseguradora del  vehículo, tras nuestra negociación con la misma conseguimos 27.000.-€ para ella, mas el pago de todos los gastos médicos que eran cuantiosos, ya que estuvo hospitalizada y tuvo que hacer un tratamiento largo de rehabilitación. Nuestra filosofía es no dar nada por perdido. Intentarlo al máximo y casos como este hacen que nos reforcemos en esta idea, y sigamos trabajando día a día con ilusión.

Indemnizaciones por accidente de tráfico ¿qué se indemniza? Y ¿en cuanto se indemnizan los daños personales?

Cuando se tiene un accidente de tráfico se percibirá una indemnización que será de un lado por los daños personales que pueden existir y que podrán ser tanto físicos como psíquicos; Se deberán indemnizar los daños materiales, tales como, los daños en el vehículo, el casco de motorista dañado, las gafas que se rompieron, etc… .
 
Deberán reintegrarse todos los gastos que se hayan realizado por culpa del accidente tales como, compra de medicamentos, gastos de transporte, gastos por personal que ayude en las labores domésticas … etc. ¿en cuanto se indemniza? Respecto a los daños personales las cuantías están establecidas en la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, mediante un baremo, que es actualizado anualmente. Este baremo, recoge de un lado las indemnizaciones que deben corresponder por el fallecimiento y de otro, un catalogo de secuelas o lesiones permanentes a las que se le asignan unos puntos de valoración en función de la gravedad de la lesión, siendo el máximo de puntos atribuibles de 100.
 
Por ejemplo; Se establece que una hernia discal o protusión operada o sin operar se valorará de 1 a 15 puntos. La pérdida de un ovario entre 20-25 puntos, o la pérdida de visión de un ojo en 25 puntos. Estos son algunos ejemplos. En general se ha tratado de recoger en dicho baremo toda la anatomía corporal así como los posibles síndromes psiquiátricos. Se establecen también las cuantías para las posibles lesiones permanentes que constituyan una incapacidad para la ocupación o actividad habitual de la víctima ; Incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran invalidez. Las cuantías para los casos de fallecimiento, han sido establecidas teniendo en cuenta las circunstancias personales de la víctima y el grado de parentesco que tenga cada perjudicado beneficiario.
Por ejemplo si era hijo único, o si era un padre con hijos a su cargo etc. Y se establecen cuantías por los días que tarda el lesionado en curar; El baremo los clasifica días de hospitalización, días impeditivos y días no impeditivos asignandoleo a cada uno de ellos una valor distinto. En 2011 los días de hospitalización se pagan a 67,98.-€ , los días impeditivos a 55,27.-€ y los no impeditivos a 29,75.-€. La graduación de los puntos que deban corresponder a cada secuela, así como el número y la calificación de los días deben hacerla los médicos especialistas en valoración del daño corporal, bien un médico forense o un médico con estudios de valoración del daño corporal y siempre tras el análisis de los informes médicos que presente el lesionado y la exploración directa del mismo.
atencion_legal_accidentes_trafico
A 9 de marzo 2011

Calcular una INDEMNIZACIÓN por LESIONES DE TRÁFICO

A continuación vamos a realizar el cálculo de la indemnización que correspondería a una persona lesionada en accidente de tráfico. Se trata de una mujer que estaba parada por existir retención en la carretera por la que circulaba y un camión que no guardaba la debida distancia de seguridad la golpea en la parte trasera de su vehículo provocándole lesiones.

Dichas lesiones se recogieron en un principio en el servicio de urgencias del Hospital al que acudió esa misma mañana, siendo las siguientes;

  • Esguince cervical
  • Contusión en muñeca izquierda
  • Hematomas en ambas rodillas
  • Dolor en costado derecho
  • Lumbalgía postraumática.
 

Posteriormente y tras plantear la correspondiente denuncia, fue vista por el médico forense del juzgado que emitió su informe valorando dichas lesiones, y también valoró, el tratamiento de rehabilitación que siguió esta lesionada a posteriori. Se adjunta el parte médico que emitió el médico forense del juzgado.

El forense, estimó que las lesiones tardaron en curar 127 días de los cuales 90 ha estado impedida para sus ocupaciones habituales.

Informe médico de accidentes de tráfico - Abogados de tráfico

Se pronuncia también sobre las secuelas que le han quedado, que son dos; Sindrome cervical postraumático (2 puntos) Lumbalgia postraumática (2 puntos) • Vamos primero a calcular lo que le corresponde por los días de baja. Son 127 días, pero 90 son impeditivos, con lo que el resto son no impeditivos; 37 en este caso.

Nos vamos a las tablas publicadas en el B.O.E de actualización de las cantidades que corresponden a los lesionados de tráfico en el año 2010, y en la tabla cinco apartado A, se puede ver con cuanto se indemnizan los días de baja. Para 2010 tenemos que los días impeditivos son 53,66.-€ y los no impeditivos son a 28,88.-€. Realizamos las operaciones correspondientes. 90 x 53,66 = 4829,4 37 x28,88= 1068,56.-€ Sumamos ambas cantidades y ya tenemos lo que corresponde por los días de baja 4.829,4 + 1068,56 = 5.897,96.-€

Ahora vamos a calcular lo que corresponde por las secuelas señaladas por el forense.

Son dos, cada una de ellas puntuada en dos puntos, lo que hace que en total sean cuatro puntos de secuela. ( cuando son más de dos, no se suman, se aplica una fórmula matemática para sacar el número de puntos ). Para hacer el cálculo de la cantidad que corresponde por secuelas, necesitamos saber la edad de la lesionada. En este caso son 28 años, en el momento del accidente.

Nos vamos a la tabla III “Indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos daños morales)” y vemos que por cuatro puntos corresponde con su edad, ( tramo entre 21 y 40 años ) la cantidad de 780,49 por punto. Hacemos la operación 780,49 x 4 puntos = 3.121,96.-€. Esta cantidad es la que corresponde por las secuelas.

Sumando ambos conceptos; días de baja 5.897,96 y secuelas 3.121,96.-€ tenemos la indemnización que le corresponde a esta lesionada que es 9.019,92.-€.

A esta cantidad se le aplican unos porcentajes de aumento que están en función de los ingresos que perciba la persona por su trabajo. En la mayoría de los casos suele ser un 10%. Queda entonces 9.919,92.-€ más su 10% 901.-€ en 9.920,92.-€, ésta cantidad es la cantidad final, que debe percibir esta lesionada por sus lesiones.

CALCULO DE UNA INDEMNIZACIÓN POR LESIONES.
 A continuación vamos a realizar el cálculo de la indemnización que correspondería a una persona lesionada en accidente de tráfico.
Se trata de una mujer que estaba parada por existir retención en la carretera por la que circulaba y un camión  que no guardaba la debida distancia de seguridad la golpea en la parte trasera de su vehículo provocándole lesiones.
Dichas lesiones  se recogieron en un principio en el servicio de urgencias del Hospital al que acudió esa misma mañana, siendo las siguientes;
Esguince cervical
Contusión en muñeca izquierda.
Hematomas en ambas rodillas.
Dolor en costado derecho.
Lumbalgía postraumática.
Posteriormente y tras plantear la correspondiente denuncia, fue vista por el médico forense del juzgado que emitió su informe valorando dichas lesiones, y también valoró, el tratamiento de rehabilitación que siguió esta lesionada a posteriori.
Se adjunta  el parte médico  que emitió el médico forense del  juzgado . 
  ( es el documento real ).
El forense,  estimó que las lesiones tardaron en curar 127 días de los cuales 90 ha estado impedida para sus ocupaciones habituales. Se pronuncia también sobre las secuelas que le han quedado, que son dos; 
Sindrome  cervical postraumático (2 puntos)
Lumbalgia postraumática (2 puntos)
Vamos primero a calcular lo que le corresponde por los días de baja.
Son 127 días, pero 90 son impeditivos, con lo  que el resto son no impeditivos; 37 en este caso.
Nos vamos a las tablas publicadas en el B.O.E de actualización de las cantidades que corresponden a los lesionados de tráfico en el año 2010, y en la tabla cinco apartado A, se puede ver con cuanto se indemnizan los días de baja.
Para 2010 tenemos que los días impeditivos son 53,66.-€ y los no impeditivos son a 28,88.-€.
Realizamos las operaciones correspondientes.
90 x 53,66 = 4829,4
37 x28,88= 1068,56.-€
Sumamos ambas cantidades y ya tenemos lo que corresponde por los días de baja
4.829,4 + 1068,56 = 5.897,96.-€
Ahora  vamos a calcular lo que corresponde por las secuelas señaladas por el forense.
Son dos, cada una de ellas puntuada en dos puntos, lo que hace que en total sean cuatro puntos de secuela. ( cuando son más de dos, no se suman, se aplica una fórmula matemática para sacar el número de puntos ).
Para hacer el cálculo de la cantidad que corresponde por secuelas, necesitamos saber la edad de la lesionada. En este caso son 28 años, en el momento del accidente. Nos vamos a la tabla III  “Indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos daños morales)” y vemos que por cuatro puntos corresponde con su edad, ( tramo entre 21 y 40 años ) la cantidad de 780,49 por punto.
Hacemos la operación 780,49 x 4 puntos = 3.121,96.-€ .
Esta cantidad es la que corresponde por las secuelas.
Sumando ambos conceptos; días de baja 5.897,96 y secuelas 3.121,96.-€ tenemos la indemnización que le corresponde a esta lesionada que es 9.019,92.-€.
A esta cantidad se le aplican unos porcentajes de aumento que están en función de los ingresos que perciba la persona por su trabajo. En la mayoría de los casos suele ser un 10%.
Queda entonces 9.919,92.-€ más su 10% 901.-€  en 9.920,92.-€,  ésta cantidad es la cantidad final, que debe percibir esta lesionada por sus lesiones.DE UNA INDEMNIZACIÓN POR LESIONES.
 A continuación vamos a realizar el cálculo de la indemnización que correspondería a una persona lesionada en accidente de tráfico.
Se trata de una mujer que estaba parada por existir retención en la carretera por la que circulaba y un camión  que no guardaba la debida distancia de seguridad la golpea en la parte trasera de su vehículo provocándole lesiones.
Dichas lesiones  se recogieron en un principio en el servicio de urgencias del Hospital al que acudió esa misma mañana, siendo las siguientes;
Esguince cervical
Contusión en muñeca izquierda.
Hematomas en ambas rodillas.
Dolor en costado derecho.
Lumbalgía postraumática.
Posteriormente y tras plantear la correspondiente denuncia, fue vista por el médico forense del juzgado que emitió su informe valorando dichas lesiones, y también valoró, el tratamiento de rehabilitación que siguió esta lesionada a posteriori.
Se adjunta  el parte médico  que emitió el médico forense del  juzgado . 
  ( es el documento real ).
El forense,  estimó que las lesiones tardaron en curar 127 días de los cuales 90 ha estado impedida para sus ocupaciones habituales. Se pronuncia también sobre las secuelas que le han quedado, que son dos; 
Sindrome  cervical postraumático (2 puntos)
Lumbalgia postraumática (2 puntos)
Vamos primero a calcular lo que le corresponde por los días de baja.
Son 127 días, pero 90 son impeditivos, con lo  que el resto son no impeditivos; 37 en este caso.
Nos vamos a las tablas publicadas en el B.O.E de actualización de las cantidades que corresponden a los lesionados de tráfico en el año 2010, y en la tabla cinco apartado A, se puede ver con cuanto se indemnizan los días de baja.
Para 2010 tenemos que los días impeditivos son 53,66.-€ y los no impeditivos son a 28,88.-€.
Realizamos las operaciones correspondientes.
90 x 53,66 = 4829,4
37 x28,88= 1068,56.-€
Sumamos ambas cantidades y ya tenemos lo que corresponde por los días de baja
4.829,4 + 1068,56 = 5.897,96.-€
Ahora  vamos a calcular lo que corresponde por las secuelas señaladas por el forense.
Son dos, cada una de ellas puntuada en dos puntos, lo que hace que en total sean cuatro puntos de secuela. ( cuando son más de dos, no se suman, se aplica una fórmula matemática para sacar el número de puntos ).
Para hacer el cálculo de la cantidad que corresponde por secuelas, necesitamos saber la edad de la lesionada. En este caso son 28 años, en el momento del accidente. Nos vamos a la tabla III  “Indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos daños morales)” y vemos que por cuatro puntos corresponde con su edad, ( tramo entre 21 y 40 años ) la cantidad de 780,49 por punto.
Hacemos la operación 780,49 x 4 puntos = 3.121,96.-€ .
Esta cantidad es la que corresponde por las secuelas.
Sumando ambos conceptos; días de baja 5.897,96 y secuelas 3.121,96.-€ tenemos la indemnización que le corresponde a esta lesionada que es 9.019,92.-€.
A esta cantidad se le aplican unos porcentajes de aumento que están en función de los ingresos que perciba la persona por su trabajo. En la mayoría de los casos suele ser un 10%.
Queda entonces 9.919,92.-€ más su 10% 901.-€  en 9.920,92.-€,  ésta cantidad es la cantidad final, que debe percibir esta lesionada por sus lesiones.CALCULO DE UNA INDEMNIZACIÓN POR LESIONES.
A continuación vamos a realizar el cálculo de la indemnización que correspondería a una persona lesionada en accidente de tráfico.
Se trata de una mujer que estaba parada por existir retención en la carretera por la que circulaba y un camión  que no guardaba la debida distancia de seguridad la golpea en la parte trasera de su vehículo provocándole lesiones.
Dichas lesiones  se recogieron en un principio en el servicio de urgencias del Hospital al que acudió esa misma mañana, siendo las siguientes;
Esguince cervical
Contusión en muñeca izquierda.
Hematomas en ambas rodillas.
Dolor en costado derecho.
Lumbalgía postraumática.
Posteriormente y tras plantear la correspondiente denuncia, fue vista por el médico forense del juzgado que emitió su informe valorando dichas lesiones, y también valoró, el tratamiento de rehabilitación que siguió esta lesionada a posteriori.
Se adjunta  el parte médico  que emitió el médico forense del  juzgado .
( es el documento real ).
El forense,  estimó que las lesiones tardaron en curar 127 días de los cuales 90 ha estado impedida para sus ocupaciones habituales. Se pronuncia también sobre las secuelas que le han quedado, que son dos;
Sindrome  cervical postraumático (2 puntos)
Lumbalgia postraumática (2 puntos)
• Vamos primero a calcular lo que le corresponde por los días de baja.
Son 127 días, pero 90 son impeditivos, con lo  que el resto son no impeditivos; 37 en este caso.
Nos vamos a las tablas publicadas en el B.O.E de actualización de las cantidades que corresponden a los lesionados de tráfico en el año 2010, y en la tabla cinco apartado A, se puede ver con cuanto se indemnizan los días de baja.
Para 2010 tenemos que los días impeditivos son 53,66.-€ y los no impeditivos son a 28,88.-€.
Realizamos las operaciones correspondientes.
90 x 53,66 = 4829,4
37 x28,88= 1068,56.-€
Sumamos ambas cantidades y ya tenemos lo que corresponde por los días de baja
4.829,4 + 1068,56 = 5.897,96.-€
• Ahora  vamos a calcular lo que corresponde por las secuelas señaladas por el forense.
Son dos, cada una de ellas puntuada en dos puntos, lo que hace que en total sean cuatro puntos de secuela. ( cuando son más de dos, no se suman, se aplica una fórmula matemática para sacar el número de puntos ).
Para hacer el cálculo de la cantidad que corresponde por secuelas, necesitamos saber la edad de la lesionada. En este caso son 28 años, en el momento del accidente. Nos vamos a la tabla III  “Indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos daños morales)” y vemos que por cuatro puntos corresponde con su edad, ( tramo entre 21 y 40 años ) la cantidad de 780,49 por punto.
Hacemos la operación 780,49 x 4 puntos = 3.121,96.-€ .
Esta cantidad es la que corresponde por las secuelas.
Sumando ambos conceptos; días de baja 5.897,96 y secuelas 3.121,96.-€ tenemos la indemnización que le corresponde a esta lesionada que es 9.019,92.-€.
A esta cantidad se le aplican unos porcentajes de aumento que están en función de los ingresos que perciba la persona por su trabajo. En la mayoría de los casos suele ser un 10%.
Queda entonces 9.919,92.-€ más su 10% 901.-€  en 9.920,92.-€,  ésta cantidad es la cantidad final, que debe percibir esta lesionada por sus lesiones.. A continuación vamos a realizar el cálculo de la indemnización que correspondería a una persona lesionada en accidente de tráfico.Se trata de una mujer que estaba parada por existir retención en la carretera por la que circulaba y un camión  que no guardaba la debida distancia de seguridad la golpea en la parte trasera de su vehículo provocándole lesiones.Dichas lesiones  se recogieron en un principio en el servicio de urgencias del Hospital al que acudió esa misma mañana, siendo las siguientes;Esguince cervicalContusión en muñeca izquierda.Hematomas en ambas rodillas.Dolor en costado derecho.Lumbalgía postraumática.Posteriormente y tras plantear la correspondiente denuncia, fue vista por el médico forense del juzgado que emitió su informe valorando dichas lesiones, y también valoró, el tratamiento de rehabilitación que siguió esta lesionada a posteriori.Se adjunta  el parte médico  que emitió el médico forense del  juzgado .   ( es el documento real ).El forense,  estimó que las lesiones tardaron en curar 127 días de los cuales 90 ha estado impedida para sus ocupaciones habituales. Se pronuncia también sobre las secuelas que le han quedado, que son dos; Sindrome  cervical postraumático (2 puntos)Lumbalgia postraumática (2 puntos)• Vamos primero a calcular lo que le corresponde por los días de baja.Son 127 días, pero 90 son impeditivos, con lo  que el resto son no impeditivos; 37 en este caso.Nos vamos a las tablas publicadas en el B.O.E de actualización de las cantidades que corresponden a los lesionados de tráfico en el año 2010, y en la tabla cinco apartado A, se puede ver con cuanto se indemnizan los días de baja.Para 2010 tenemos que los días impeditivos son 53,66.-€ y los no impeditivos son a 28,88.-€.Realizamos las operaciones correspondientes.90 x 53,66 = 4829,437 x28,88= 1068,56.-€Sumamos ambas cantidades y ya tenemos lo que corresponde por los días de baja4.829,4 + 1068,56 = 5.897,96.-€

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